Culiacán, Sinaloa. A 17 de julio de 2025.-
De seis iniciativas a las que se les dio lectura en la Sesión Ordinaria de este jueves, tres coinciden en reformar la Constitución Política del Estado de Sinaloa para prohibir la reelección en cargos populares, así como para evitar el nepotismo electoral.
Las iniciativas coincidentes fueron presentadas respectivamente por la diputada Juana Minerva Vázquez González y el diputado César Ismael Guerrero Alarcón, ambos de Morena, el Grupo Parlamentario del PAS y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudua y Paula Liliana Díaz Quiñónez, y por el Grupo Parlamentario del PRI.
Entre las coincidencias de las tres iniciativas están las de que las personas aspirantes a ocupar un cargo de elección popular no deben tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de la diputación.
De igual manera se propone establecer que las personas diputadas en funciones no podrán ser nuevamente electos para el período inmediato posterior al ejercicio de su mandato.
Pero se precisa que las personas diputadas suplentes podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio; pero las personas diputadas propietarias no podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de suplentes.
Asimismo, se propone que en ningún caso, podrá participar en la elección para la presidencia municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula.
Los Presidentes Municipales, Síndicos Procuradores y Regidores de los Ayuntamientos de elección popular directa, no podrán ser electos consecutivamente para los mismos cargos por un período adicional.
Estas tres iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación para su análisis y dictaminación.