¿Sabías que el actuar de todos los servidores públicos (administrativos, doctores, enfermeros, etcétera) de los hospitales públicos debe regirse principalmente por su obligación de otorgar atención médica adecuada y oportuna, realizar estudios y proporcionar los medicamentos necesarios para el padecimiento del paciente? Todo ello de conformidad con el artículo 4° constitucional.
En el sistema jurídico mexicano, si bien existen figuras administrativas internas (como las quejas) para reclamar alguna falta de atención médica por parte de un servidor público de un hospital de gobierno, lo cierto es que, frente a la premura y urgencia de muchos casos de personas que requieren atención inmediata —en los que se omiten estudios, se postergan citas médicas o no se entregan medicamentos por falta de existencia—, el medio de defensa idóneo es el juicio de amparo indirecto.
La demanda de amparo en comento no tiene costo alguno, ya que existe el Instituto Federal de Defensoría Pública, donde se elaboran gratuitamente y pueden ayudar a muchas personas que se encuentren en una situación similar, logrando con ello atender su padecimiento e incluso salvar vidas.
Por ello, frente a la actual reforma constitucional al Poder Judicial, emerge la necesidad de que la justicia llegue a todos. Para lograrlo, es fundamental que la sociedad esté informada sobre sus derechos humanos y sepa a dónde acudir para hacerlos valer de manera gratuita. En los casos en los que no se cuente con la capacidad económica para pagar un abogado particular, se debe recurrir a las defensorías públicas.
En el caso del norte del estado de Sinaloa, la Defensoría Pública Federal se encuentra ubicada en:
Blvd. Adolfo López Mateos 2213, colonia Las Fuentes, C.P. 81223, Los Mochis, Sinaloa.
Opinión a cargo del Doctor en Derecho Ramiro Ortega Gámez, Secretario Proyectista del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sinaloa.