Primaria niega acceso a la educación a niños y Juez Federal Juan Enrique Parada Seer logra que institución inscriba y entregue libros de texto gratuitos

Imagen: Cortesía

Uno de los dos menores tiene una capacidad diferente y por no tener acta de nacimiento autoridades escolares no querían inscribirlos

El Juez Quinto de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Los Mochis Juan Enrique Parada Seer, en el juicio de amparo 660/2023, mediante sentencia ordenó a una escuela primaria de Ahome y a la Secretaria de Educación Pública, inscribir a las niñas menores de edad como alumnas de los grados de primaria que les corresponde conforme sus habilidades y otorgarles libros gratuitos, para que pudieran continuar con el ciclo escolar correspondiente y los subsecuentes; además, respecto de una de las menores de edad, ordenó que fuera valorada por especialistas, y se realizaran los procedimientos correspondientes, para determinar la discapacidad que presentaba y llevar a cabo las acciones necesarias y ajustes razonables conforme la normativa aplicable, con el fin de alcanzar su inclusión e integración dirigidos a su buen desarrollo educativo.

Los hechos del caso, ocurrieron en el ejido Bolsa de Tosalibampo, Ahome, Sinaloa, cuando el padre mexicano al ser deportado de Estados Unidos de América, junto a sus dos menores hijas nacidas en la unión americana, al ser de escasos recursos buscó inscribir a sus niñas a la escuela primaria en ese lugar, al asistirles ese derecho por ser mexicanas, ya que su padre es de origen nacional; sin embargo, la institución educativa se negó a darles educación gratuita porque no contaban con acta de nacimiento mexicano, y fue así que el padre en representación de las menores promovió demanda de amparo, y mediante la sentencia dictada en dicho juicio, fue que se logró que sus hijas gozaran del derecho humano a la educación gratuita y la inclusión de una de ellas a los programas educativos específicos por padecer autismo.

Sabías que, todo mexicano tiene derecho humano a la educación laica y gratuita al estar contemplado en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; para lo cual deben de saber que existe el juicio de amparo contra cualquier acto de autoridad que violente dicha garantía constitucional.

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